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SUSPENSIÓN Y AMPLIACIÓN DE LOS PLAZOS TRIBUTARIOS DEL AYUNTAMIENTO

 De acuerdo con el Decreto aprobado por el Servicio Provincial de Gestión y
Recaudación de la Diputación Provincial de Jaén.

El Ayuntamiento de Bailén informa que de acuerdo con el Decreto publicado por la
Diputación de Jaén se procede a la suspensión y ampliación de los plazos tributarios, ya
que es el Servicio Provincial de Gestión y Recaudación quien realiza la gestión de estos
cobros.
Por ello tanto el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica como el Impuesto sobre
Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana e Impuesto de Bienes Inmuebles de
Características Especiales amplían su periodo voluntario de pago en tres meses. En
consecuencia, el plazo de ingreso en período voluntario de ambos tributos queda fijado
entre los días 1 de abril de 2020 hasta el 7 de septiembre de 2020 en lugar del
inicialmente en lugar del inicialmente aprobado que comprendía las fechas entre el 1 de
abril de 2020 y el 5 de junio de 2020.
Por otra parte, los avisos de pago, sin carácter de notificación, correspondientes a los
tributos puestos al cobro en esta cobranza voluntaria, serán remitidos a los contribuyentes
a partir del momento en que el servicio de reparto del Servicio de Correos esté
plenamente operativo y haya finalizado el presente estado de alarma; no obstante los
mismos podrán ser facilitados a los contribuyentes por las diferentes vías que el Servicio
Provincial de Gestión y Recaudación tiene establecidas al efecto.
A ello hay que añadir que las fechas de cargo de los domiciliados correspondientes a esta
cobranza voluntaria se amplían un mes quedando fijadas en las siguientes:
1.- Domiciliados sin fraccionar y primer plazo de los domiciliados fraccionados entre el 1 y
el 10 de mayo.
2.- Segundo plazo de los domiciliados fraccionados entre el 1 y el 10 de junio.
3.- Tercer plazo de los domiciliados fraccionados entre el 1 y el 10 de julio.
Los padrones y listas cobratorias de los tributos locales Impuesto sobre vehículos de
Tracción Mecánica e Impuesto sobre Bienes Inmuebles, referidos todos ellos al ejercicio
de 2020, a efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del

Concejalía de Hacienda

Fecha: 2/4/2020
Página: 2/2

Plaza de la Constitución, 1 – 23710 Bailén (Jaén) – Tlf. 953678540 Fax: 953671205
e-mail: prensa@ayto-bailen.com web: http://www.ayto-bailen.com

artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la
sumisión de los mismos a trámite de información pública, se expone al público en la
página web del Ayuntamiento de Bailén y tablón municipal de edictos, por el plazo de
quince días hábiles, estando disponibles en las dependencias de la Intervención General,
a fin de que quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones,
alegaciones o reclamaciones, por convenientes, tengan.
Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en
los mismos podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía Presidencia
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del término de
exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se
procederá al cobro en período voluntario de los mencionados impuestos de vehículos de
tracción mecánica e Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondientes al año 2020
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda se iniciará
el período ejecutivo, de acuerdo con el tenor de los artículos 26, 28 y 161 de la Ley
58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los
intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas
del procedimiento de apremio.

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